Subvención Kit Digital

Solicita el Kit Digital del Gobierno para la digitalización de tu empresa.

2.000€ de Subvención para tu Sitio Web y Presencia básica en Internet

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Kit Digital

Programa Kit Digital Cofinanciado por los Fondos Next Generation (EU) del mecanismo de recuperación y resiliencia.

¿Qué es el Bono Kit Digital?

Una iniciativa del Gobierno de España que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

El principal objetivo de esta categoría es que puedas tener una página web para darte visibilidad en internet.

¿Qué Incluye el Sitio Web y la Presencia en Internet?

Con la subvención dispondrás durante 1 año, sin coste para ti, de acceso a todo un paquete de servicios que te permitirán tener una presencia en internet de alto nivel:

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Diseño de Página Web

Como parte del servicio tendrás la estructura de la web, con un mínimo de 3 apartados. Se consideran páginas o apartados de una web, elementos tales como: página de inicio (Landing Page), presentación de la empresa, formulario de contacto, descripción de productos, datos de contacto, mapa del sitio (sitemap), etc.

  • Optimizada para Buscadores (SEO)
  • Accesible y Compatible Multidispositivo
  • Autogestionable a través de Panel
  • Compatibilidad Multidioma
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Hosting y Correo

Dispondrás de nuestro servicio de Hosting y Correo incluido durante 1 año, con todas las prestaciones y funciones que puedes encontrar en la sección de Hosting WordPress.

  • 40GB NVMe Espacio en Disco
  • Tráfico Ilimitado
  • Cuentas de Correo Ilimitadas
  • Certificado SSL Gratis
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Registro de Dominio

En caso de que aún no dispongas de un dominio de tu web, se te dará uno durante un plazo mínimo de doce meses. La titularidad del dominio será tuya por completo.

  • Dominio extensión .com, .net, .org, .es ...
  • Servidores Nameservers
  • Administración de Datos de Contacto
  • Protección Registrar-lock
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Servicio de Mantenimiento

Céntrate en tu negocio con la tranquilidad de saber que tu web está debidamente actualizada y controlada por un equipo profesional con años de experiencia.

¿Cómo se consigue? ¡Muy fácil!

Se subvenciona el 100% y es muy fácil de conseguir, no hay apenas requisitos.

Nosotros, como Agente Digitalizador Autorizado, te ayudaremos durante todo el proceso y con cualquier duda que tengas relacionada con el programa o con la solicitud de tu Bono Kit Digital.

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Si eres Pyme o Autónomo, podrás disponer de un bono digital de hasta 2.000€ de Subvención para tu Sitio Web y Presencia en Internet.

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Regístrate en la Web oficial del programa y solicita tu Bono seleccionando nuestra empresa como Agente Digitalizador.

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Firmaremos un acuerdo para el desarrollo de tu Sitio Web, Hosting, Dominio y Mantenimiento Incluido por 1 año. ¡Sin coste para ti!

DUDAS SOBRE EL KIT DIGITAL

Aquí tienes las preguntas más frecuentes relacionadas con el Bono Kit Digital.
¡No dudes en contactar con nosotros si tienes cualquier otra pregunta!

  • Ser Autónomo o Pyme. Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

Las solicitudes se presentan únicamente por vía telemática. En estos momentos se encuentra abierta la 3ª convocatoria para Pymes y Autónomos de 0 a menos de 3 empleados. Si lo deseas, contacta con nosotros para que te informemos sobre las diferentes convocatorias. Nuestro equipo de consultores jurídicos te ayudará en lo que necesites.

Existe un importe máximo global subvencionable y un importe máximo individual para cada categoría que varía en función del tamaño de la empresa. A continuación te indicamos el importe máximo global subvencionable. Contacta con nosotros para que te expliquemos todos los detalles.

  • Un máximo de 12.000 € para pymes de entre 10 y 49 empleados.
  • Hasta 6.000 € para microempresas de entre 3 y 9 empleados.
  • Hasta 2.000 € para autónomos con un máximo de 2 empleados a su cargo.

Las empresas beneficiarias podrán elegir entre un Catálogo de Soluciones de Digitalización comprendidas en una serie de categorías específicas.

  • Sitio web y Presencia básica en internet (Hasta 2.000€)
  • Comercio electrónico (Hasta 2.000€)
  • Gestión de redes sociales (Hasta 2.500€)
  • Gestión de clientes (Hasta 4.000€)
  • BI y analítica (Hasta 4.000€)
  • Servicios y herramientas de oficina virtual (Hasta 12.000€)
  • Gestión de procesos (Hasta 6.000€)
  • Factura electrónica (Hasta 2.000€)
  • Comunicaciones seguras (Hasta 6.000€)
  • Ciberseguridad (Hasta 6.000€)
  • Presencia avanzada en internet (Hasta 2.000€)
  • Marketplace (Hasta 2.000€)

Las ayudas se concederán por orden de solicitud aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva hasta que se agote el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria. Por este motivo es muy importante estar preparado y solicitar el bono digital lo antes posible.

Como primer paso para solicitar la subvención, deberás superar un test de evaluación del Nivel de Madurez Digital de tu empresa (que estará disponible en la plataforma Acelera pyme). A continuación, comprobarán si tu empresa cumple con los requisitos citados arriba y te concederán el bono digital. Será entonces cuando dispondrás de 6 meses para decidir en qué quieres invertir tu bono digital y con qué Agente Digitalizador quieres implantar las soluciones elegidas.

Posteriormente, las soluciones de digitalización implantadas serán comprobadas y verificadas, siendo necesario aportar documentación que justifique su implementación durante los 6 meses siguientes a la concesión de la subvención, pero no te preocupes, de esto nos ocuparemos nosotros. Te asesoramos y ayudamos durante todo el proceso, incluidos los trámites burocráticos ¡contacta con nosotros!

Sí, siempre y cuando la nueva solución suponga una mejora funcional con respecto a la que tienes actualmente y, por tanto, la sustituya. Por ejemplo, puedes destinar el bono digital a renovar tu página web actual o a mejorar tu sistema de copias de seguridad cloud por uno con doble copia y mayores prestaciones de seguridad.

No, estas ayudas solo están destinadas a soluciones de digitalización (software y servicios online). El objetivo es acelerar el proceso de transformación digital de las pequeñas empresas y trabajadores autónomos, y por este motivo se apuestan por servicios en la nube como entornos de oficina virtual, soluciones de seguridad informática, software para la automatización de procesos y medios de comunicación 2.0 (redes sociales, web y ecommerce).

No, la empresa beneficiaria podrá contratar únicamente una solución de digitalización por cada categoría del Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa. Esto significa, por ejemplo, que si tu empresa tiene más de una página web corporativa o tienda online (diferentes marcas), tan solo podría optar al bono digital para renovar una de ellas.

En cambio, sí que puede solicitar el bono digital para varias soluciones de digitalización de diferentes categorías, por ejemplo: renovar la página web, poner en marcha una tienda online, implantar un CRM y contratar copias de seguridad en la nube (4 categorías distintas) siempre teniendo en cuenta el importe máximo del bono digital (12.000 €, 6.000 € o 2.000 € según la empresa).

No pasa nada, es posible contratar el desarrollo de una tienda online con funciones adicionales por valor de 3.000€ aunque el importe máximo de la ayuda para esa categoría sea de 2.000€. En ese caso, la empresa beneficiaria debe asumir la diferencia entre el coste de la solución contratada y el importe de la subvención concedida.

Sí, podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas pequeñas empresas, microempresas o personas en situación de autoempleo de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. Si la empresa se considera pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo según el citado anexo, independientemente de la forma jurídica que tenga, podrá optar a las ayudas.

Para las ayudas del Kit Digital no está prevista una categoría para empresas a partir de 50 trabajadores. No obstante, dentro de los Fondos Next Generation EU se prevé anunciar otras ayudas en las que tu empresa podría encajar. Si lo deseas, contacta con nosotros y solicita recibir información sobre futuras convocatorias de ayudas.

Las ayudas se cobrarán en forma de bono digital, y no podrán hacerse efectivos hasta que el Agente Digitalizador justifique la realización de la actividad por la cual se concede la subvención y el órgano regulador considere aprobada su concesión.

Para ello, la empresa beneficiaria deberá firmar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con alguno de los Agentes Digitalizadores adheridos a su elección.

En VisualTec te ayudamos durante todo el proceso así que no te preocupes si todavía te asaltan las dudas. Contacta con nosotros ahora, ¡contamos con un equipo de consultores jurídicos que te ayudará en lo que necesites!
¿TIENES ALGUNA DUDA O QUIERES PEDIR TU KIT DIGITAL? ¡CONTÁCTANOS!